A modo de ejemplo:
- Valor de mercadería: 100 pesos.
- IVA: 16%
- IEPS : 8%
- Base imponible del IEPS : 100 + 16% = 116 pesos.
- Valor final a cobrar al cliente: 116 + 8% = 125.28 pesos.
¿Cómo se calcula el IEPS de un producto?
¿Cómo se calcula el IEPS? – Existen diferentes tasas para el pago del IEPS. Cada tasa depende del producto al que aplique. Algunos ejemplos más comunes del pago del IEPS son:
Bebidas alcohólicas, Depende del grado de alcohol que contengan. Aquellas que tienen hasta 14 grados pagan un IEPS de 26.5%. Los grados de entre 14 y 20 pagan 30% y las que sean superiores a 20 pagan 53% de IEPS. Alimentos con calorías, La pagan los productos con una densidad calórica de 275 kilocalorías o más. Por cada 100 gramos se paga 8%. Bebidas saborizadas, Pagan 1.39 pesos por litro. Gasolinas, La gasolina magna paga un IEPS de 5.4917 pesos por litro. La gasolina premium paga 4.6375 pesos por litro y el diesel paga 6.0354 pesos por litro.
Es importante mencionar que el pago del IEPS se ajusta cada cierto tiempo por causas como la inflación u otros aspectos. : Qué es el IEPS y Cómo se Calcula | Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios
¿Cómo se calcula el IEPS en alimentos no basicos?
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Un peso por litro a bebidas azucaradas |
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Los productores e importadores tienen que aplicar el impuesto de un peso por litro a las bebidas saborizadas con azúcar, como:
Están exentos de este impuesto:
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Impuesto a alimentos no básicos con alta densidad calórica |
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Todos los alimentos que no sean básicos y que tengan más de 275 kilocalorías por cada 100 gramos de su peso, tienen ahora un impuesto de 8% en su producción e importación. Por estos alimentos nos referimos a:
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Excepciones |
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Considerando su importancia en la alimentación de la población, no quedan gravados con el impuesto especial sobre producción y servicios los siguientes productos: Cadena del trigo:
Cadena del maíz:
Cadena de otros cereales:
Pan no dulce de otros cereales, integral o no, incluyendo el pan de caja. |
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Impuesto a los combustibles fósiles |
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Bajo el principio de «quién contamine, pague», se establece un impuesto a la enajenación e importación de combustibles fósiles. Esta medida se ha tomado para inducir al uso de tecnologías más limpios y desincentivar las emisiones de gases, y se aplicará a:
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Impuesto a los plaguicidas |
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Se establece un impuesto a los plaguicidas principalmente para desincentivar el uso de aquellos con fuertes riesgos al medio ambiente, a los recursos acuíferos y a los alimentos, de acuerdo a las siguientes tasas:
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¿Qué es el IEPS y un ejemplo?
¿Qué es el IEPS? – El IEPS significa Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, el cual es un gravamen que tiene vigencia en México desde 1980 y que se debe de pagar por la producción y venta o importación de gasolina, alcoholes, cerveza, tabaco, plaguicidas, alimentos con alto contenido calórico, entre otros.
¿Que se calcula primero el IEPS o el IVA?
IEPS para Causación de IVA
C-8448 Beneficio En esta versión, se podrá contabilizar correctamente los pagos que abonan facturas, por lo que ahora, considerará el IEPS en la Causación de IVA. Configuración Existen diferentes configuraciones para los impuestos en el concepto de Nota de Venta y dependiendo de éstas es el comportamiento esperado:
1.- El IVA está configurado como segundo o tercer impuesto y los impuestos anteriores son IEPS, a.- Si en el IVA se indica que el cálculo es en cascada, el importe del IEPS se considerará como parte de la base del IVA, Al revisar el desglose del IEPS del XML que se está pagando: Cuando se verifique la Causación de IVA con desde la Póliza en CONTPAQi® Contabilidad : b.- Si en el IVA se tiene otra configuración, el importe del IEPS se considerará en el acumulado de Otros impuestos. Al revisar el desglose del IEPS del XML que se está pagando Al revisar la Causación de IVA con desde la Póliza en CONTPAQi® Contabilidad 2.- El IVA está configurado como primer impuesto. Si se tiene algún impuesto IEPS configurado en el segundo impuesto y/o tercer impuesto su importe se acumulará en la sección de Otros Impuestos. Al consultar el desglose del IEPS del XML que se está pagando, se mostrará de la siguiente manera: Al revisar la Causación de IVA con desde la Póliza en CONTPAQi® Contabilidad Consideraciones: Al momento de definir un impuesto IEPS para alguna factura, este, siempre se mostrará en el sistema CONTPAQi® Punto de venta, sin embargo, al momento de timbrarlo, es posible decidir si se quiere que el XML muestre este impuesto desglosado o no.
- A partir de este cambio, al realizar la Causación del IVA, independientemente de si se decidió desglosar el IEPS o no, dicho impuesto siempre se enviará.
- El impuesto IEPS puede ser un porcentaje o puede ser una cuota, dependiendo de cómo esté configurado tanto en el concepto como el producto que requiere dicho impuesto, independientemente de su configuración, siempre se considerará en el acumulado correspondiente.
Al realizar el Cargado de la base gravable del IVA a CONTPAQi® Contabilidad desde el documento, se envía la información de la Causación del IVA a CONTPAQi® Contabilidad, por lo que, al consultar la póliza generada, y presionar las teclas rápidas, aparecerá la ventana Desglose de IVA causado, y en la sección Otros, se mostrará la tasa de impuesto correspondiente.
¿Cuándo se debe desglosar el IEPS?
Desglosar IEPS al emitir comprobante
- C219
- Beneficio
- Debido los requerimientos del SAT y las últimas actualizaciones de catálogo de Claves productos y servicios del SAT, a partir de esta versión se permitirá el desglose del IEPS para todos los productos.
- Configuración
- Todos los productos configurados como IEPS tienen la opción de desglosar el IEPS al momento de emitir el comprobante fiscal digital.
- Debido a esto, se da la opción de decidir al momento de emitir si el XML tiene algún producto que maneje IEPS y a su vez permita el desglose de todos los productos.
Si el concepto del documento es Anexo 20 versión 3.2 aparecerá deshabilitado.
Consideraciones :
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Al generar clientes nuevos la casilla de «Desglosar I.E.S.P.S. en CFD» estará desmarcado por omisión. Nota: El cambio sólo aplica para cuando se emitirá un sólo documento. Para la emisión masiva el asumido es false, es decir NO se desglosa el IEPS.
- Cambio en el XML
- Se permite el desglose de IEPS para todos los productos al marcar la casilla «Desglosar IEPS».
- Cuando no se desglosa el IEPS, el importe correspondiente a los impuestos IEPS configurados en el movimiento se acumula a:
- – El valor Unitario del producto (el importe total del IEPS correspondiente a cada unidad).
- – El importe total del concepto (el importe total del IEPS correspondiente al movimiento).
- – El subtotal del comprobante (el importe total del IEPS correspondiente al documento).
: Desglosar IEPS al emitir comprobante
¿Cuál es la base del IEPS?
Base La base del IEPS es el valor del bien que se enajena o importa; o el valor del servicio que se presta. Por lo general, la base es la contraprestación, salvo en el caso de los cigarros, cuya base será el precio de venta al detallista (comerciante que vende al por menor).
¿Cómo calcular el IEPS ejemplo?
Ejemplos de cómo se aplica el IEPS a productos – El IEPS es cada vez más común en diferentes sectores. Es el caso de un propietario de una tienda que vende diversos productos, entre ellos cigarros (como los cigarros ya tienen aplicado este impuesto especial), entonces como contribuyente deberá pagar el IEPS, pero como dueño lo entregará al SAT.
Precio unitario de 5.1595 + 0.0166 de IEPS da un resultado de $ 5.1761. Se toma el subtotal 5.1761 y se multiplica por 10, que es el número de litros; el resultado es: $ 51.761 Luego se multiplica el precio unitario de 5.1595 por los 10 litros: 51.595, y esta suma por el porcentaje del (es decir, 0.16), que da el siguiente resultado: $ 8.2552. Para obtener el total, se suman ambos resultados: 51.761 + 8.2552 = $ 60.0162
Este tipo de impuesto, en teoría, busca reducir el consumo de ciertos productos que se consideran dañinos para la salud (como es el caso del tabaco, las bebidas alcohólicas o alimentos no esenciales con alto contenido calórico). Es fundamental conocer cómo opera, sobre todo si tu giro comercial tiene que ver en algún momento con productos o servicios de los artículos considerados en el IEPS.
¿Quién está obligado a pagar el IEPS?
¿Quién está sujeto al pago del IEPS? – Los sujetos obligados al pago del IEPS son las personas físicas, autónomos, y morales que enajenan los bienes relacionados con bebidas de contenido alcohólico y cerveza, tabacos, diésel, refrescos y bebidas hidratantes o rehidratantes.
Botanas. Productos de confitería. Chocolate y demás productos derivados del cacao. Flanes y pudines. Dulces de frutas y hortalizas, dulces de leche, cremas de cacahuete y avellanas. Helados, nieves y paletas de hielo. Alimentos preparados a base de cereales.
En cuanto a los servicios gravados con el IEPS con motivo de la enajenación de bebidas alcohólicas y cervezas y alimentos con alto contenido calórico, se pueden encontrar los siguientes:
Por comisión. Mediación. Agencia. Representación. Correduría, Consignación y distribución.
También se gravan los servicios de juegos de apuestas y sorteos, y los de telecomunicaciones.
¿Cuánto es el impuesto de alimentos?
Vuelve el impuesto al consumo en pequeños restaurantes y locales de comidas Restaurante The Canteen Este 1 de enero volverá el impuesto al consumo en pequeños restaurantes y locales de comida que habían estado exentos del cobro desde que comenzó la pandemia. El impuesto es del 8 % sobre el total del consumo y debe cobrarse con la factura,
Actualmente, el impuesto es cobrado por la mayoría de que no hacen parte del régimen para pequeñas empresas (el régimen simple). De acuerdo con la, «los empresarios que se dediquen exclusivamente al expendio de comidas y bebidas y que estén inscritos al Régimen Simple de Tributación (RST) deberán actualizar el (RUT), remplazando la responsabilidad 50 o 57 ‘No responsable del impuesto al consumo’, según corresponda su naturaleza jurídica, por la 33 ‘Responsable del Impuesto Nacional al Consumo ‘».
Esto quiere decir que los pequeños empresarios del sector deben comenzar el cobro para no exponerse a las sanciones de la Dian, que van desde multas hasta procesos penales. En 2023 podrán acceder al régimen simple de tributación los restaurantes con ventas inferiores a los 4.241 millones de pesos al año. : Vuelve el impuesto al consumo en pequeños restaurantes y locales de comidas
¿Cómo se calcula el IVA y el IEPS?
Total = Subtotal Con IEPS + IVA En una venta de 20 Litros de DIESEL los importes de la factura se calculan de la siguiente manera: PRECIO UNITARIO = (5.1595 + 0.0166 IEPS ) = $ 5.1761 LITROS = 20. SUBTOTAL = (5.1761*20) = $ 103.522. IVA = (5.1595*20)= 103.19*0.15 = $ 15.4785.
¿Qué es el IEPS 3%?
¿Qué es el IEPS? – El IEPS significa Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, el cual es un gravamen que tiene vigencia en México desde 1980 y que se debe de pagar por la producción y venta o importación de gasolina, alcoholes, cerveza, tabaco, plaguicidas, alimentos con alto contenido calórico, entre otros.
¿Cómo se presenta el IEPS mensual?
¿Dónde se presenta? Se presenta en línea a través del Portal del SAT, o en su caso, puedes presentarla en una Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente (ADSC) más cercana a tu domicilio fiscal cuando: La información del Anexo 6 supere los 500 registros.
¿Cómo calcular el IEPS ejemplo?
Ejemplos de cómo se aplica el IEPS a productos – El IEPS es cada vez más común en diferentes sectores. Es el caso de un propietario de una tienda que vende diversos productos, entre ellos cigarros (como los cigarros ya tienen aplicado este impuesto especial), entonces como contribuyente deberá pagar el IEPS, pero como dueño lo entregará al SAT.
Precio unitario de 5.1595 + 0.0166 de IEPS da un resultado de $ 5.1761. Se toma el subtotal 5.1761 y se multiplica por 10, que es el número de litros; el resultado es: $ 51.761 Luego se multiplica el precio unitario de 5.1595 por los 10 litros: 51.595, y esta suma por el porcentaje del (es decir, 0.16), que da el siguiente resultado: $ 8.2552. Para obtener el total, se suman ambos resultados: 51.761 + 8.2552 = $ 60.0162
Este tipo de impuesto, en teoría, busca reducir el consumo de ciertos productos que se consideran dañinos para la salud (como es el caso del tabaco, las bebidas alcohólicas o alimentos no esenciales con alto contenido calórico). Es fundamental conocer cómo opera, sobre todo si tu giro comercial tiene que ver en algún momento con productos o servicios de los artículos considerados en el IEPS.
¿Cómo se calcula el IEPS en pasteles?
La venta de pan y pasteles está gravada con la tasa de IVA del 0%, a menos que la enajenación se realice en restaurantes, fondas, cafeterías y demás establecimientos similares, caso en el cual le corresponde la tasa del 16%. El impuesto especial sobre producción y servicios solo se causará cuando se trate de pan de dulce y pasteles, siempre que estos tengan una densidad calórica de 275 kilocalorías o mayor por cada 100 gramos. Más información aquí De acuerdo a lo señalado, cualquier alimento que no pueda ser consumido en el mismo momento en que se adquiere no puede ser considerado como sujeto al gravamen a la tasa del 16% sino del 0%, y, por el contrario, la enajenación de cualquier alimento que pueda ser consumido en el momento mismo en que es adquirido, aún y cuando no hubiera instalaciones destinadas para ese consumo, tales como barras, mesas, sillas, etc., se considerará gravado a la tasa del 16%.
El artículo 10-A del Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado precisa que: «Se considera que no son alimentos preparados para su consumo en el lugar o establecimiento en que se enajenen (es decir, que estarán gravados a la tasa del 0%), los siguientes: I. Alimentos envasados al vacío o congelados; II.
Alimentos que requieran ser sometidos a un proceso de cocción o fritura para su consumo, por parte del adquirente, con posterioridad a su adquisición; III. Preparaciones compuestas de carne o despojos, incluidos tripas y estómagos, cortados en trocitos o picados, o de sangre, introducidos en tripas, estómagos, vejigas, piel o envolturas similares, naturales o artificiales, así como productos cárnicos crudos sujetos a procesos de curación y maduración; IV.
- Tortillas de maíz o de trigo, y V.
- Productos de panificación elaborados en panaderías resultado de un proceso de horneado, cocción o fritura, inclusive pasteles y galletas, aun cuando estos últimos productos no sean elaborados en una panadería.
- No obstante, lo señalado, el artículo reglamentario precisa que no será aplicable lo previsto en él (es decir, no será aplicable la tasa del 0% sino del 16%), cuando la enajenación de los bienes mencionados en las fracciones anteriores, se realice en restaurantes, fondas, cafeterías y demás establecimientos similares, por lo que en estos casos la tasa aplicable será la del 16% a que se refiere el artículo 2o.-A, fracción I, último párrafo de la Ley.
Esto guarda relación con una resolución del Servicio de Administración Tributaria emitida el 5 de abril de 2019, derivada de una consulta efectuada por un contribuyente en la cual este último manifestó que: «Es una persona física, Que su principal actividad económica es la elaboración y venta de pasteles para llevar, venta de vinos de mesa, licores, latería y botanas, obteniendo ingresos de más del 90% de dicha actividad.
Que se acondicionaron algunas mesas y se ofrece la venta de algunos alimentos para su consumo. Que actualmente identifica y separa las ventas de pasteles que no se consumen en el lugar de la venta, aplicando a las mismas la tasa de 0%; mientras que a las ventas esporádicas de alimentos preparados para su consumo en el lugar, les aplica la tasa del 16%».
La autoridad respondió en el sentido de: «Corroborar el criterio de la consultante en el sentido de que a la enajenación de pasteles a efecto de ser consumidos en el establecimiento en que son enajenados le corresponde la tasa del 16% de Impuesto al Valor Agregado». Más información aquí Alimentos de consumo básico Tratándose del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, el artículo 2, fracción I, inciso J), numeral 8 y el último párrafo de la Ley del IEPS, señalan que a la enajenación de los alimentos no básicos que se listan a continuación, con una densidad calórica de 275 kilocalorías o mayor por cada 100 gramos, se le aplicará una tasa de impuesto del 8%: 1.
- Botanas.2.
- Productos de confitería.3.
- Chocolate y demás productos derivados del cacao.4.
- Flanes y pudines.5.
- Dulces de frutas y hortalizas.6.
- Cremas de cacahuate y avellanas.7.
- Dulces de leche.8.
- Alimentos preparados a base de cereales.9.
- Helados, nieves y paletas de hielo.
- Respecto al numeral 8, la regla 5.1.4., de la Resolución Miscelánea Fiscal 2022, precisa: «Considerando su importancia en la alimentación de la población, se entenderán alimentos de consumo básico que no quedan comprendidos en lo dispuesto por el inciso J) antes citado, los siguientes: A.
Cadena del trigo: I. Tortilla de harina de trigo, incluyendo integral. II. Pan no dulce: bolillo, telera, baguette, chapata, birote y similares, blanco e integral, incluyendo el pan de caja. III. Alimentos a base de cereales de trigo sin azúcares, incluyendo integrales, así como galletas saladas.B.
- Cadena del maíz: I.
- Tortilla de maíz, incluso cuando esté tostada. II.
- Alimentos a base de cereales de maíz sin azúcares y galletas saladas.C.
- Cadena de otros cereales: I.
- Alimentos a base de cereales para lactantes y niños de corta edad. II.
- Alimentos a base de otros cereales sin azúcares, incluyendo integrales, así como galletas saladas.
III. Pan no dulce de otros cereales, integral o no, incluyendo el pan de caja. Para los efectos de la presente regla se entiende por galletas saladas aquellas con un contenido de sodio igual o superior a 1,200 mg por cada 100 gramos. El contenido de sodio se obtendrá al multiplicar el manifestado en la etiqueta del producto por 100 y el resultado dividirlo entre los gramos que tenga la porción de que se trate.» Por: Redacción
¿Qué es el IEPS y quién lo paga?
Es el gravamen que se paga por la producción y venta o importación de gasolinas, alcoholes, cerveza y tabacos, entre otros bienes, principalmente.